sexta-feira, novembro 17, 2006

El juez no considera los fees cláusula abusiva y absuelve a Iberia, Air Europa y Spanair

El juez del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid ha resuelto desestimar la demanda de Facua contra las compañías Iberia, Spanair y Air Europa por considerar que el cobro de ese cargo no es una “cláusula abusiva”, como argumentaba la asociación de consumidores. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid.
En su resolución, el juez Santiago Senent concluye, en relación a los fees “que tal cláusula no es abusiva puesto que no contraría las exigencias de la buena fe ni causa, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato". Asimismo, señala que el cargo en cuestión se trata “de una parte del precio del billete, que se ha desglosado para especificar el valor que se imputa a un servicio que presta el transportista, servicio vinculado a una obligación principal del contrato, como es la emisión de billete, prestación que comporta un valor añadido a la obligación principal, que es inescindible de la misma y del que se beneficia el consumidor", y que este, a través del desglose “puede comparar su importe con el de otros operadores y decidir con quien contrata, libertad de decisión que constituye el fundamento de un mercado basado en la libre concurrencia".
En su fallo, el juez tiene en cuenta los argumentos esgrimidos en el juicio por parte de los abogados de las tres compañías, que esgrimían que los fees no constituyen una cláusula abusiva ya que no constituyen un cargo sobre el que el cliente pueda optar a pagarlo o no, sino que forma parte del billete y del contrato. “Es decir, el usuario es conocedor de lo que se le va a cobrar antes de pagarlo y tiene la opción de comprar o no. No es una opción suplementaria que se le ofrezca al viajero”, señaló el abogado de Iberia, quien añadió que, además “no encarece el billete”.
El origen de este juicio es la demanda interpuesta por la Federación de Consumidores en Acción (Facua), que consideraba que los fees constituyen una cláusula abusiva del contrato de transporte. En su sentencia, el juez no tiene en cuenta el precedente de la reciente sentencia contra Spanair por un Juzgado de Málaga, en la que se declaraba ilegal el cobro de ‘fees’ por parte de esta compañía. La sentencia está recurrida por la compañía.

Buena noticia para las agencias de viajes
La resolución del Juzgado, si bien está pendiente de si Facua recurre, es una buena noticia para las agencias de viajes, ya que la ilegalización de los fees las pondría en desventaja competitiva ante las compañías si estas dejaran de cobrarlos.A este respecto, cabe recordar que durante el juicio, los abogados de las tres compañías coincidieron en argumentar que el cobro de los fees por parte de las aerolíneas “evita la competencia desleal con las agencias de viajes”. José Manuel de la Rosa.
Fuente Hosteltur.